- Acreditar identidad, domicilio real y ser mayor de veintiun (21) años de edad, mediante la presentación de Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta de Enrolamiento (LE) o Libreta Cívica (LC), o fotocopia debidamente certificada de dichos documentos conforme lo establecido en la normativa vigente. Los ciudadanos extranjeros deberán acreditar ser titulares de la residencia permanente en el país, mediante la presentación del Certificado de Radicación o del Documento Nacional de Identidad.
Acreditar medios de vida lícitos, de conformidad con el siguiente régimen:
- Los trabajadores en relación de dependencia deberán presentar:
- Recibo original de haberes suscripto por el empleador o fotocopia debidamente certificada conforme lo establecido en la normativa vigente, o
- Certificación de servicios en original expedida y suscripta por el empleador con firma certificada por entidad bancaria la que deberá contener como mínimo: Datos del empleador: nombre y apellido o razón social, número de Clave Única de Identificación Tributaria, domicilio y teléfono. Datos del empleado: nombre y apellido, número de Clave Única de Identificación Laboral, fecha de ingreso, tarea desarrollada y remuneración bruta.
- Los trabajadores autónomos o independientes deberán presentar:
- Copia certificada del aporte como monotributista (la misma deberá permitir inequívocamente la identificación del aportante) en caso contrario, deberá acompañarse además fotocopia certificada de la constancia de inscripción ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP); o
- Copia certificada de la presentación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la declaración del Impuesto a las Ganancias, cuyo vencimiento hubiera operado en el último año calendario; o
- Copia certificada del comprobante de pago de anticipo del impuesto a las ganancias correspondiente al último vencimiento; o
- Copia certificada de la presentación ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de la posición del Impuesto al Valor Agregado (IVA); o
- Copia certificada del comprobante de pago de aportes al régimen de trabajadores autónomos u otros regímenes especiales; o
- Copia certificada de matrícula habilitante como profesional y copia certificada del comprobante de pago de la misma; o
- Copia certificada del comprobante de pago de Ingresos Brutos o Convenio Multilateral; o
- Certificación de ingresos personales emitida por contador público, con la intervención del Consejo Profesional correspondiente, consignando que la misma es extendida para ser presentada ante el Registro Nacional de Armas. Dicha certificación deberá contener, como mínimo: 1) Nombre, apellido y domicilio del solicitante, 2) Información objeto de la certificación: manifestación del monto de ingresos personales y períodos comprendidos, los que no podrán tener una antigüedad mayor a tres meses, 3) Alcance de la tarea: detalle de los comprobantes respaldatorios cotejados por el profesional (tales como facturas, duplicados de recibos de alquileres), 4) Manifestación profesional: certificación de ingresos personales relacionada a los comprobantes cotejados y 5) Fecha de emisión.
- Los jubilados o pensionados deberán presentar:
- Recibo original de haberes o fotocopia debidamente certificada conforme lo establecido en la normativa vigente.
- Los cónyuges o concubinos que no poseen medio de vida justificable y que realizan o desean efectuar prácticas de tiro deportivo deberán presentar para la obtención o renovación de la CLUSE:
- Constancia extendida por entidad de tiro debidamente registrada ante este Organismo.
- Cumplimentar el requisito de medio de vida lícito acreditando el correspondiente a su cónyuge o concubino, relación que deberá ser debidamente documentada (Disp. RENAR 101/07).
- Los estudiantes terciarios y/o universitarios que realizan o desean efectuar prácticas de tiro deportivo deberán presentar para la obtención de la CLUSE:
- Constancia extendida por entidad de tiro debidamente registrada ante este Organismo.
- Constancia de alumno regular emitida por la institución educativa en la que cursan sus estudios terciarios y/o universitarios.
- Acreditar el medio de vida lícito del familiar directo, relación que deberá ser debidamente documentada, que manifieste mediante declaración jurada su manutención (Disp. RENAR 101/07).
- La documentación para la acreditación de este requisito será considerada válida al momento de su presentación cuando su fecha de emisión no haya superado los sesenta (60) días corridos.
- Acreditar inexistencia de antecedentes penales: el solicitante deberá adjuntar Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia dependiente de MINISTERIO DE JUSTICIA DE LA NACIÓN donde conste la inexistencia de antecedentes penales de cualquier tipo. La documentación para la acreditación de este requisito será considerada válida al momento de su presentación cuando su fecha de emisión no haya superado los sesenta (60) días corridos.
- Acreditar estado de salud psicofísico apto mediante los formularios que emite la solicitud electrónica.
- Examen psicológico o psiquiátrico: realizado por psicólogo o psiquiatra matriculado y habilitado.
- Examen físico: realizado por profesional médico matriculado y habilitado.
La documentación para la acreditación de este requisito será considerada válida al momento de su presentación cuando su fecha de emisión no haya superado los sesenta (60) días corridos.
- Acreditar idoneidad en el manejo de armas de fuego mediante el formulario emitido por la solicitud electrónica, con certificación suscripta por instructor de tiro habilitado e intervenido por la entidad de tiro donde se realizó el examen, conforme con la normativa vigente. El examen deberá realizarse y acreditarse, además, en cada renovación de la credencial de Legítimo Usuario. La documentación para la acreditación de este requisito será considerada válida al momento de su presentación cuando su fecha de emisión no haya superado los sesenta (60) días corridos.
- Quien no hubiera cumplido en tiempo y forma con la solicitud de renovación de su condición de Legítimo Usuario individual en cualquiera de sus categorías, habiendo permanecido con su inscripción vencida por un periodo mayor a TRES (3) meses, deberá además agregar a la solicitud correspondiente un pago adicional equivalente al de la categoría solicitada.